Artículo 77

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Artículo 77. Además de lo señalado en el artículo 70 de la presente Ley, los fideicomisos, fondos públicos, mandatos o cualquier contrato análogo, deberán poner a disposición del público y mantener actualizada y accesible, en lo que resulte aplicable a cada contrato, la siguiente información:
Información Pública y Obligatoria

El nombre del servidor público y de la persona física o moral que represente al fideicomitente, al fiduciario y al fideicomisario.

I.  Servidor Público

II.  Unidad  Administrativa

III.  Monto Total

Fecha de actualización: 31 de Marzo de 2023

  • Monto total, uso y destino del patrimonio fideicomitido
  • Uso yo destino final de los recursos fideicomitidos

2018 |Monto total, uso y destino del patrimonio fideicomitido

2018 |Uso yo destino final de los recursos fideicomitidos

IV.  Saldo Total

Fecha de actualización: 31 de Marzo de 2023

  • Saldo total al cierre del ejercicio fiscal

2018 |Saldo total al cierre del ejercicio fiscal

V.  Modificaciones a Contratos

VI. Padrón a Beneficiarios 

VII. Causas

VIII.  Contratos

Los sujetos obligados deberán informar a la Comisión cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que ésta verifique y apruebe, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.

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